Los sujetos obligados, de acuerdo con las excepciones determinadas en el arículo 31 del RD 304/2014, así como las medidas de control interno que deben implantar en cumplimento del régimen de control y prevención de blanqueo de capitales, serán objeto de una revisión anual por un experto externo que emitirá su dictamen en un informe definido al efecto.
Nuestro modelo de revisión de experto externo está basado en un enfoque de gestión del riesgo. Este enfoque nos permite desarrollar un análisis pormenorizado del conjunto de sistemas, de la organización, de los procesos y procedimientos; y de los recursos humanos que sustentan la operativa y la puesta en práctica de los mecanismos de control, bajo una visión de la exposición real al riesgo y su potencial materialización.
De esta forma y partiendo de una metodología que interpone los procesos operativos de la entidad revisada con los mecanismos de control, identificamos, dentro de un mapa de riesgos, las zonas o procesos comprometidos donde aplicar el conjunto de pruebas sustantivas y de procedimiento que nos garanticen el aseguramiento del cumplimiento de la sistemática de control en Prevención de Blanqueo de Capitales.
La revisión de Experto Externo se realizará siguiendo los requerimientos de análisis, áreas de revisión, requistos formales e información que se definen en la ORDEN EHA/2444/2007 de 31 de julio de 2007.